En resumen
- Una certificación de obra es el documento que recoge la obra ejecutada en un periodo, medida y valorada con los precios del presupuesto, para cobrarla.
- Lo normal es certificar cada mes y, al terminar, hacer una certificación final con la medición definitiva.
- Se calcula a origen: lo ejecutado desde el inicio menos lo ya certificado da lo que se cobra este mes, y de ahí se descuentan las retenciones pactadas.
- Cada certificación aprobada se factura; en obra pública, la Ley 9/2017 fija que la Administración las expide mensualmente y las paga en 30 días desde su aprobación.
¿Qué es una certificación de obra?
La certificación de obra es una relación valorada de lo que se ha ejecutado en un periodo. Toma las partidas del presupuesto, mide lo que se ha hecho de cada una y lo multiplica por su precio unitario. El resultado es el importe que el contratista tiene derecho a cobrar por ese periodo.
La firma normalmente la dirección facultativa (o el técnico que designe el cliente) y la aprueba la propiedad. Sirve a las dos partes: el contratista cobra a medida que avanza y el cliente paga solo por lo que está hecho.
Certificación mensual y certificación final de obra
- Certificación mensual (o parcial). Recoge lo ejecutado durante el mes. Son pagos a cuenta: no suponen que la obra esté aceptada y se ajustan con la medición final.
- Certificación final. Se hace al terminar, con la medición definitiva de toda la obra. Regulariza las diferencias con las certificaciones anteriores (excesos o defectos de medición).
- Liquidación. Después del plazo de garantía, se cierra el contrato: se devuelve la garantía o la retención y se pagan las cantidades pendientes.
Certificación a origen o parcial: cómo se calcula
La forma más segura de certificar es a origen: en cada certificación se mide todo lo ejecutado desde el inicio de la obra hasta la fecha, se valora, y se resta lo certificado en las anteriores. La diferencia es lo que se cobra este mes.
Certificar solo lo del mes (parcial) parece más sencillo, pero los errores se acumulan y es difícil cuadrar al final. Con el cálculo a origen, cada certificación corrige las anteriores y siempre sabes cuánto llevas de cada partida frente a lo presupuestado.
Relación entre medición, presupuesto y certificación
La certificación usa las mismas partidas y los mismos precios unitarios que el presupuesto aceptado. Lo único que cambia es la medición: en el presupuesto es la prevista y en la certificación es la realmente ejecutada.
Si una partida se pasa de la medición prevista, hay que acordar si se paga el exceso. Si aparece un trabajo nuevo que no estaba en el presupuesto, necesita un precio contradictorio aprobado antes de certificarlo. En obra pública, el artículo 242.4 de la Ley 9/2017 no considera modificación del contrato el exceso de mediciones que no supere en global el 10 % del precio del contrato inicial.
Retenciones y garantía en las certificaciones
En obra privada es habitual pactar en el contrato una retención de garantía: un porcentaje de cada certificación que el cliente no paga hasta que termina el plazo de garantía, o que se sustituye por un aval. El porcentaje y el plazo los fija el contrato.
En obra pública, la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público funciona con garantía definitiva: el artículo 107 la fija, con carácter general, en el 5 % del precio final ofertado, sin IVA. El artículo 243 establece que el plazo de garantía lo fija el pliego y no puede ser inferior a un año, salvo casos especiales.
Certificación de obra en la Administración: Ley 9/2017
- Mensual (art. 240). La Administración expide mensualmente, en los diez días siguientes al mes, las certificaciones de la obra ejecutada, salvo que el pliego diga otra cosa. Son pagos a cuenta sujetos a la medición final.
- Pago en 30 días (art. 198.4). La Administración debe pagar dentro de los 30 días siguientes a la aprobación de la certificación. Si se retrasa, debe intereses de demora y costes de cobro según la Ley 3/2004.
- Certificación final (art. 243). Dentro de los tres meses siguientes a la recepción, el órgano de contratación aprueba la certificación final, que se abona a cuenta de la liquidación.
- Acopios (art. 240.2). El contratista puede cobrar a cuenta instalaciones, acopio de materiales y maquinaria adscrita a la obra, en las condiciones del pliego y con garantía.
Cómo se factura una certificación de obra
Cada certificación aprobada se convierte en una factura con todos los requisitos habituales: número, fecha, datos de las partes, descripción («Certificación nº 3 de la obra X, periodo septiembre 2026»), base imponible, tipo de IVA y total. Adjunta la certificación como detalle.
Si eres subcontratista y facturas a un contratista o promotor una obra de construcción o rehabilitación de edificaciones, se aplica la inversión del sujeto pasivo (artículo 84.Uno.2.f de la Ley del IVA): facturas sin IVA y lo declara tu cliente. Si cobras un anticipo antes de ejecutar, el IVA se devenga al cobrarlo (artículo 75.Dos). Cómo tratar el IVA de las retenciones de garantía, coméntalo con tu asesor. Información consultada en el BOE en octubre de 2026.
Ejemplo de certificación de obra a origen (certificación nº 3)
Importes de ejemplo para ver el cálculo; no son precios de referencia. Para cada partida: medición a origen menos lo certificado antes = medición de este mes, por su precio unitario.
| Partida | Medición presupuesto | A origen | Certificado antes | Este mes | Precio unitario | Importe este mes |
|---|---|---|---|---|---|---|
| m³ Hormigón en cimentación | 40 | 40 | 25 | 15 | 100 € | 1.500 € |
| m² Fábrica de ladrillo | 600 | 350 | 120 | 230 | 30 € | 6.900 € |
| m² Enfoscado de paredes | 800 | 100 | 0 | 100 | 15 € | 1.500 € |
| Total ejecución este mes | 9.900 € | |||||
| Retención de garantía pactada (5 % en este ejemplo) | −495 € | |||||
| Importe a facturar antes de IVA | 9.405 € |
Sobre el importe a facturar se aplica el IVA que corresponda (o la inversión del sujeto pasivo si eres subcontratista). Artículos de la Ley 9/2017 y de la Ley 37/1992 consultados en el BOE en octubre de 2026.
Certificaciones de obra con Fati
- Certificaciones mensuales desde el presupuesto aceptado, en la app de obras y reformas.
- Partes de obra y avance por fase desde el móvil, para medir lo ejecutado con datos de obra.
- Gantt multi-obra y coste real contra presupuestado en producción de obra.
- Portal del cliente para que vea el avance de su obra.
Sigue leyendo
Preguntas frecuentes
¿Quién hace la certificación de obra?
La prepara normalmente el contratista con la medición de lo ejecutado, la revisa y firma la dirección facultativa y la aprueba la propiedad. En obra pública la expide la Administración.
¿Qué diferencia hay entre certificación a origen y parcial?
A origen se mide todo lo hecho desde el inicio y se resta lo ya certificado; parcial solo mide lo del periodo. A origen es más seguro porque cada certificación corrige los errores de las anteriores.
¿La certificación de obra es una factura?
No. Es el documento que valora la obra ejecutada. Una vez aprobada, se emite la factura por su importe, con el IVA que corresponda.
¿En cuánto tiempo paga la Administración una certificación?
El artículo 198.4 de la Ley 9/2017 obliga a pagar dentro de los 30 días siguientes a la aprobación de la certificación. Si se retrasa, se deben intereses de demora y la indemnización por costes de cobro.
¿Cuánto cuesta Fati para hacer certificaciones?
33 € por usuario y mes, o 297 € al año pagando 9 meses, con todas las apps. La implantación, que hacemos nosotros, empieza en 320 €. Precios sin IVA.