En resumen
- Un autónomo en estimación directa simplificada o un profesional no lleva contabilidad completa: lleva libros registro de ingresos, gastos y bienes de inversión.
- Solo los empresarios con actividad mercantil en estimación directa normal tienen que llevar contabilidad ajustada al Código de Comercio.
- Cada trimestre presentas el pago fraccionado del IRPF (modelo 130 o 131) y el IVA (modelo 303), del 1 al 20 de abril, julio y octubre y del 1 al 30 de enero.
- Si apuntas ingresos y gastos cada mes y concilias con el banco, el trimestre se cierra en una tarde. Si no, el servicio de contabilidad en remoto de Fati te lo lleva cada mes.
¿Qué contabilidad tiene que llevar un autónomo?
Depende de cómo calculas el rendimiento en el IRPF (estimación directa normal, simplificada u objetiva) y de si tu actividad es empresarial o profesional. La regla está en el artículo 68 del Reglamento del IRPF, y el formato de los libros en la Orden HAC/773/2019.
- Profesionales en estimación directa (normal o simplificada). Libro de ingresos, libro de gastos, libro registro de bienes de inversión y libro registro de provisiones de fondos y suplidos. Desde 2019 son obligatorios aunque lleves voluntariamente contabilidad según el Código de Comercio.
- Empresarios en estimación directa simplificada. Libro registro de ventas e ingresos, libro registro de compras y gastos y libro registro de bienes de inversión. Puedes estar en esta modalidad si tu cifra de negocios del año anterior no pasó de 600.000 € y no has renunciado a ella.
- Empresarios mercantiles en estimación directa normal. Contabilidad ajustada al Código de Comercio y al Plan General de Contabilidad: libro diario, inventarios y cuentas anuales.
- Estimación objetiva (módulos). Libro registro de bienes de inversión, solo si deduces amortizaciones, y libro de ventas e ingresos si el rendimiento se calcula por volumen de ingresos (actividades agrícolas, ganaderas y forestales). Además, conservar numeradas por fechas y agrupadas por trimestres las facturas emitidas y recibidas.
Los libros de IVA del autónomo
Si estás en el régimen general del IVA, llevas los libros registro de facturas expedidas, de facturas recibidas y, si los tienes, de bienes de inversión y de determinadas operaciones intracomunitarias. Los libros que regula la Orden HAC/773/2019 para el IRPF siguen un formato pensado para que, en la práctica, un mismo registro sirva para el IRPF y para el IVA.
En el recargo de equivalencia (comercio minorista) no liquidas IVA trimestral por esas ventas. En el régimen simplificado del IVA, ligado a módulos, la AEAT exige al menos el libro de facturas recibidas. Si tienes dudas sobre tu régimen, mira tu alta censal (modelo 036 o 037).
Qué modelos presenta un autónomo y cuándo
- Modelo 130. Pago fraccionado del IRPF en estimación directa: con carácter general, el 20 % del rendimiento neto acumulado del año, menos retenciones y pagos anteriores. Hay que presentarlo aunque salga cero. Los profesionales con al menos el 70 % de sus ingresos del año anterior con retención no están obligados.
- Modelo 131. Pago fraccionado del IRPF en módulos. Mismas fechas que el 130.
- Modelo 303. IVA trimestral: IVA repercutido en tus facturas menos IVA soportado deducible.
- Modelo 390. Resumen anual del IVA, del 1 al 30 de enero junto con el último 303. Hay casos de exoneración, por ejemplo los incluidos en el SII; consulta tu situación en la AEAT.
- Modelos 111 y 115. Si pagas a trabajadores o profesionales con retención (111) o alquilas un local (115), ingresas cada trimestre esas retenciones, con sus resúmenes anuales 190 y 180 en enero.
- Modelo 347. En febrero, operaciones con un mismo cliente o proveedor que en el año superen 3.005,06 € (IVA incluido).
- Modelo 100. La declaración de la Renta del año anterior. La campaña de 2025 fue del 8 de abril al 30 de junio de 2026.
Cómo organizar la contabilidad de un autónomo mes a mes
- Cada semana. Factura lo que has hecho y guarda los tickets y facturas de gastos en cuanto los recibes (una foto vale si después conservas el documento).
- Cada mes. Apunta ingresos y gastos en tus libros, comprueba que cada movimiento del banco tiene su factura y revisa quién te debe.
- Antes del día 20 del mes siguiente al trimestre. Cuadra el IVA repercutido y soportado, calcula el 130 o 131 y presenta los modelos. Si domicilias, el plazo acaba antes: del 1 al 15 (del 1 al 25 en enero).
- En enero. Cierra el año: último trimestre, 390, resúmenes anuales de retenciones y revisa el libro de bienes de inversión.
- Antes de la Renta. Repasa gastos deducibles y amortizaciones con tu gestoría.
Programa de contabilidad para autónomos: qué debe tener
- Facturas que cumplan Verifactu, obligatorio para autónomos desde el 1 de julio de 2027.
- Lectura de tickets y facturas de gasto para no teclearlas.
- Conexión con el banco para conciliar cada movimiento con su factura.
- Libros y resúmenes por trimestre para preparar el 303 y el 130, o una exportación para tu gestoría.
- Preparado para la factura electrónica entre empresas, obligatoria para autónomos desde el 6 de octubre de 2028.
¿Cuándo conviene un gestor o una asesoría?
Si eres profesional con pocos clientes y casi todo con retención, puedes llevarlo tú con un buen programa. Conviene que lo lleve un profesional cuando tienes trabajadores, operaciones con otros países de la UE, bienes de inversión importantes, varias actividades, o simplemente cuando el papeleo te quita horas de trabajo facturable.
Hay una vía intermedia: tú usas un programa para facturar y registrar gastos, y alguien lleva la contabilidad y la revisa cada mes. Es lo que hace el servicio de administración y contabilidad en remoto de Fati: subes facturas y extractos, se lleva la contabilidad y se concilian los bancos, recibes un informe mensual en PDF el día 15 y un asesor fiscal revisa y presenta los impuestos.
Calendario fiscal del autónomo
Plazos generales de la Agencia Tributaria. Si el último día es inhábil, pasa al siguiente día hábil.
| Modelo | Qué es | Plazo |
|---|---|---|
| 130 / 131 | Pago fraccionado del IRPF (directa / módulos) | 1–20 de abril, julio y octubre; 1–30 de enero |
| 303 | IVA trimestral | 1–20 de abril, julio y octubre; 1–30 de enero |
| 111 / 115 | Retenciones de trabajadores y profesionales / alquileres | 1–20 de abril, julio y octubre; 1–20 de enero |
| 390 | Resumen anual del IVA | 1–30 de enero |
| 190 / 180 | Resúmenes anuales de retenciones | 1–31 de enero |
| 347 | Operaciones con terceros de más de 3.005,06 € | Febrero |
| 100 | Declaración de la Renta | Abril a 30 de junio (2026: del 8 de abril al 30 de junio) |
Fuentes: sede electrónica de la AEAT (modelos 130, 131, 303, 390, 347 y campaña de Renta 2025), Reglamento del IRPF (art. 68) y Orden HAC/773/2019. Información consultada en octubre de 2026.
La contabilidad del autónomo con Fati
- Facturas con tu logo, adaptadas a Verifactu y con recordatorios de cobro.
- Notas de gastos: tickets y facturas leídos con IA, con su cuenta y proyecto, y un CSV para tu asesoría.
- Contabilidad con contabilización en lote, conciliación bancaria y cierre de mes, o el resultado de tu asesoría.
- 33 € por usuario y mes, o 297 € al año pagando 9 meses, con todas las apps, desde 320 € de implantación. Si prefieres que te lo llevemos, está el servicio de administración en remoto.
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Preguntas frecuentes
¿Un autónomo tiene que llevar contabilidad?
No una contabilidad completa, salvo que sea empresario mercantil en estimación directa normal. Lo habitual es llevar libros registro: ingresos o ventas, gastos o compras y bienes de inversión, y los libros de IVA.
¿Qué libros tiene que llevar un autónomo en estimación directa simplificada?
Si es empresario: ventas e ingresos, compras y gastos y bienes de inversión. Si es profesional: ingresos, gastos, bienes de inversión y provisiones de fondos y suplidos. Además, los libros de IVA si está en el régimen general.
¿Qué libros lleva un autónomo en módulos?
El libro registro de bienes de inversión si deduce amortizaciones, el de ventas e ingresos si su rendimiento se calcula por volumen de ingresos, y conservar numeradas y agrupadas por trimestres las facturas emitidas y recibidas.
¿Cuándo se presentan el 130 y el 303?
Del 1 al 20 de abril, julio y octubre por los tres primeros trimestres, y del 1 al 30 de enero por el cuarto. Si domicilias el pago, hasta el día 15 (25 en enero).
¿Qué programa de contabilidad necesita un autónomo?
Uno que haga facturas con Verifactu, lea tus gastos, concilie con el banco y te dé los resúmenes del trimestre o una exportación para tu gestoría. Desde octubre de 2028 también tendrá que gestionar la factura electrónica con empresas.